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Sistema de Notificaciones Electrónicas

La plataforma de Notificaciones Electrónicas eSigna, permitirá a la Organización implantar en su propio portal una completa solución de Notificaciones Electrónicas adaptada a la nueva legislación, posibilitando realizar Notificaciones válidas jurídicamente por medios electrónicos.

El servicio Notificaciones Electrónicas presenta las siguientes características:

  1. Se podrá acceder a este servicio desde los siguientes puntos de la sede electrónica de la Institución posibilitando su completa integración: página de inicio del portal de la ciudadanía, menú en la carpeta de notificaciones electrónicas y desde la página de configuración de la carpeta.
  2. Permite realizar altas, bajas o modificaciones de datos por parte de los ciudadanos.
  3. Un ciudadano podrá en todo momento subscribirse y cancelar la subscripción de los trámites que desea recibir notificaciones telemáticas, cumpliendo de esta forma los requisitos legales establecidos.
  4. Los ciudadanos aceptarán o rechazarán las notificaciones electrónicas recibidas mediante la firma electrónica de la operación a través de su certificado digital.
  5. Las Notificaciones Electrónicas que superen el tiempo de vigencia establecido serán rechazadas automáticamente por el sistema.
  6. Todos los documentos gestionados se encontrarán firmados electrónicamente mediante sistemas de firma electrónica de larga duración, asegurando la integridad, no repudio y perdurabilidad de la documentación transmitida a lo largo del tiempo (por defecto el sistema utiliza el formato XADES XL).

Sistema de Notificaciones Electrónicas eSigna

Funcionamiento general

La práctica de las notificaciones por vía telemática se realizará del siguiente modo:

  1. A través de la unidad registral telemática, la Entidad Notificadora manda el fichero que quiere notificar a los destinatarios seleccionados.

    En este proceso se envía un aviso de notificación de carácter informativo, mediante correo electrónico, que comunicará al interesado la existencia de una notificación dirigida a él mismo, así como la URL donde debe acceder para visualizarla.

    Las notificaciones se cifran con los certificados públicos de los destinatarios, para que solo éstos puedan visualizarlos y se almacenen en los buzones privados de la intranet.

    El aviso de notificación contendrá los datos que permitan la identificación de la notificación (artículo 59.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común) y la información de que dispone de X días naturales para el acceso a la notificación y que en caso de no acceder se considerará rechazada, salvo que se compruebe la imposibilidad de acceso.

     
  2. Los destinatarios podrán acceder a la notificación recibida, previa autentificación con su certificado digital. Una vez autentificado tendrá acceso a la lista de notificaciones recibidas sin abrir, indicándosele para cada una de ellas los datos más relevantes que permiten identificar la notificación.

     
  3. Respuesta del interesado:
    1. En el caso de aceptar la notificación tendrá acceso a todos los documentos del expediente. En ese momento se genera un recibo electrónico de aceptación, firmado electrónicamente con el certificado digital del interesado. 
    2. En el caso de no aceptar la notificación se genera un recibo electrónico de no aceptación, firmado electrónicamente con el certificado digital del interesado.

     
  4. En este momento se envía un aviso a la Entidad Notificadota, indicando la aceptación o rechazo del destinatario. Consideraciones:
    1. El sistema dispone de una base de datos de auditoría, que registra los diferentes accesos al sistema por los usuarios. 
    2. El recibo electrónico generado, tanto de rechazo como de aceptación, será la firma de un XML, con los siguientes datos:
      • Entidad que efectúa la notificación.
      • Referencia del tipo de documento que se notifica. 
      • Número de expediente. 
      • Fecha y registro de salida. e. Respuesta del destinatario: "Aceptada" o "Rechazada".
    3. El formato de firma del recibo electrónico y de la notificación electrónica será el XMLDSig, con la extensión del "time stamping" (XADES-T).
    4. El sistema avisará automáticamente al Notificador pasados X días, de la no respuesta de los destinatarios a las notificaciones emitidas.